LA COMISIÓN EUROPEA SE PRONUNCIA EN CONTRA DE LOS EQUIPOS FABRICADOS CON HCFC.
Los contenedores frigoríficos en la UE podrían ser sometidos a una inspección más detallada después de que la Comisión Europea haya instado a los estados miembros a hacer cumplir la prohibición existente sobre los contenedores frigoríficos que dañan la capa de ozono.
La Comisión publicó su postura respecto a la legislación sobre contenedores frigoríficos en el Diario Oficial de la UE el 22 de agosto ante la petición de las partes interesadas de aclarar la incertidumbre en la regulación.
El Reglamento del Ozono de 2009 de la UE prohíbe la importación o exportación de equipos que dependan de sustancias que destruyen la capa de ozono. Esto incluye a los contenedores frigoríficos fabricados con espuma aislante que contenga hidrocloroflurocarbonos (HCFC).
Sin embargo, existe una exención de la prohibición de la UE para los contenedores que no están en el mercado de forma permanente. Este periodo temporal de gracia es el que ha creado la incertidumbre legal.
Esta es la primera vez que la CE ha publicado su opinión al respecto de este tema. El fabricante de contenedores frigoríficos Maersk Container Industry (MCI) lleva desde 2010 solicitando la aclaración y el cumplimiento de la regulación (1005/2009), así como incentivos de la UE para retirar los contenedores fabricados con HCFC-141b.
Asimismo, los artículos de los medios de comunicación y una pregunta del Parlamento Europeo al respecto han motivado la acción de la CE.
La opinión de la CE publicada en el Diario Oficial no menciona cambios en la regulación, pero deja claro que estos contenedores no deberían volverse a vender en la UE y que los estados miembros deben hacer cumplir la prohibición y comprobar que los contenedores que están circulando bajo la exención temporal lo están haciendo correctamente.
La opinión también debería hacer sonar la voz de alarma para los propietarios de contenedores frigoríficos que contienen HCFC quienes, según la regulación, deberían saber exactamente dónde se encuentran sus contenedores en todo momento y cuánto tiempo llevan circulando “temporalmente” en el mercado de la UE.
También queda más claro por qué la CE no prohíbe sin más los contenedores con HCFC-141b totalmente, y por qué existe la exención, para empezar.
Todavía está por ver si la publicación de la CE fomentará, en la práctica, más inspecciones por parte de los estados miembros para hacer cumplir la ley al pie de la letra. “La fabricación de contenedores con HCFC-141b continúa, y la CE reconoce claramente que esta es una carga medioambiental innecesaria, razón por la cual la CE está pidiendo a las autoridades de los estados miembros que actúen. Si funcionará o no, todavía está por ver”, asegura Erik Hogh-Sorensen, portavoz de MCI.