DE LAS 1.022 SOLICITUDES SOLO SE HAN PODIDO REGULARIZAR 264 GRANJAS, LAS RESTANTES NO RECIBIRÁN AYUDAS Y SE EXPONEN A SER SANCIONADOS.
Ante esta situación, el Gobierno de Canarias ha intentado en los últimos tiempos avanzar en la regularización de las explotaciones ganaderas, mediante el desarrollo con los menores obstáculos posibles de la actividad agraria en suelo rústico y el fomento de la modernización de las instalaciones agropecuarias.
Por islas, de las 234 explotaciones que pidieron ser regularizadas en Tenerife, sólo lo consiguieron 65. En Gran Canaria de 186 lo lograron 54; en Lanzarote de 203 apenas 54; en Fuerteventura de 214 lo hicieron 53; en El Hierro sólo se regularizaron tres de las ocho que lo solicitaron y en La Gomera las cifras suman 2 de las 13 explotaciones. Por último, en el caso de La Palma únicamente se pudieron acoger a este proceso 33 granjas de las 110 que iniciaron todos los trámites.
Estas instalaciones deben cumplir con Ley de Medidas Urgentes, cuyo objetivo es la legalización urbanística de las explotaciones ganaderas que en la actualidad se encuentra en situación “alegal”. De esta manera lo que busca la normativa es que cumplan con los requisitos que establece la Ley en materia de seguridad jurídica, sanitaria y ambiental, posibilitando así su acceso a las ayudas destinadas al fomento de las instalaciones.
El consejero del área, Domingo Berriel, matizó hace algunas fechas que la continuidad de la situación de irregularidad de estas explotaciones en Canarias, “impediría su acceso a las ayudas para su modernización y, en muchos casos, se verían expuestas a expedientes de disciplina urbanística con propuesta sancionadora y de restablecimiento, hechos que comprometerían su supervivencia económica y su continuidad”.
Una de las medidas tendentes a la consecución de este objetivo la proporciona la Ley de Medidas Urgentes, que establece un régimen de regularización y registro de explotaciones ganaderas, “distinguiendo para las distintas categorías de suelo rústico, entre las que venían explotándose con anterioridad a la entrada en vigor a la Ley 9/99, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias, y las que hubieran iniciado su actividad con posterioridad a la misma”.
Berriel indica que para el primero de los casos, cuando por su dimensión no es exigible la declaración de impacto ambiental, establece un procedimiento de legalización directa por parte del Gobierno de Canarias. Mientras que las instalaciones que han sido construidas con posterioridad a esta norma y en explotación con la entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes, deben contar con la Calificación Territorial en los nuevos términos de simplificación e inmediatez que la legislación configura.
El consejero puntualizó que la legalización de estas instalaciones da respuesta a un compromiso adquirido por el Gobierno de Canarias en su día para paliar la situación del subsector ganadero del Archipiélago, el cual en los últimos años ha realizado un importante esfuerzo para la modernización progresiva de sus instalaciones y métodos de producción. Esto ha ayudado a contribuir a poder fijar población en las zonas rurales de las Islas y a conservar el medio ambiente, con lo que ello supone para el desarrollo social, económico y cultural de Canarias.
Berriel informó hace algunas fechas en el Parlamento canario que la actividad de las casi 6.000 instalaciones agropecuarias que están incluidas en el Registro de Explotaciones Ganaderas es de autoconsumo, circunstancia que hace prever que la cantidad definitiva de instalaciones susceptibles de ser legalizadas, de acuerdo a la Ley de Medidas Urgentes, no superará la cuantía de las alrededor de 700 peticiones presentadas, una cifra que aún se está lejos de alcanzar en cuanto a regularización pero que se ha desbordado en lo que respecta a peticiones.
El consejero autonómico recordó que la Ley de Medidas Urgentes, uno de los principales documentos legales aprobados en los últimos años por el Parlamento de Canarias, contempla en su artículo 5 el procedimiento para la regularización y registro de las instalaciones ganaderas. Este texto legal intenta eliminar rigideces y complicaciones innecesarias recogidas en el marco legislativo hasta su entrada en vigor, en mayo de 2009. “Este es un proceso que hay que realizar con rigor y no con prisas, trabajando de forma responsable.